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La Junta refuerza la protección de las personas celíacas y con alergias alimentarias

La Junta refuerza la protección de las personas celíacas y con alergias alimentarias
Consumo recuerda la obligación de ofrecer información clara sobre alérgenos y destaca la importancia del etiquetado seguro en alimentos y restauración

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía, con motivo del Día Mundial de la Celiaquía, pone el foco en la necesidad de reforzar la protección de las personas con alergias e intolerancias alimentarias, subrayando su derecho a recibir información veraz, completa y accesible sobre los productos que consumen, tanto en el ámbito alimentario como en otros bienes y servicios.

La normativa europea vigente establece la obligación de informar sobre la presencia de sustancias que pueden provocar reacciones adversas, entre las que se encuentran, además del gluten (trigo, cebada, avena, centeno, panes, etc.), otros alérgenos habituales como los frutos secos, los lácteos y la lactosa, el huevo, el pescado, los crustáceos, la soja o el sésamo, entre otros. Esta información debe figurar de forma clara en el etiquetado de los alimentos, destacando los alérgenos dentro del listado de ingredientes o, en su defecto, mediante indicaciones específicas que adviertan de su presencia.

En el caso específico del gluten, la normativa europea que regula el etiquetado de los alimentos “sin gluten” permite esa denominación en alimentos con menos de 20 mg/kg (partes por millón o ppm). En cambio, los alimentos bajo la mención “muy bajo en gluten” pueden contener entre 20 y 100 ppm, de manera que no serían aptos para personas celíacas.

Por otro lado, desde febrero de 2026, por la Norma de Calidad del Pan se considera “pan común” el elaborado con harinas sin gluten, almidones y fibras, y debe cumplir estrictos estándares de calidad (al igual que el pan de trigo), garantizando una información clara a las personas consumidoras.

El etiquetado constituye una herramienta esencial para que las personas consumidoras puedan tomar decisiones seguras. Por ello, debe ser fácilmente legible y permitir identificar de manera inequívoca los componentes que pueden suponer un riesgo. En el caso de productos sin lista de ingredientes, la presencia de alérgenos debe indicarse expresamente para evitar confusiones.

En los establecimientos de restauración, esta obligación informativa también es exigible. Bares, restaurantes y otros servicios de comida deben facilitar datos sobre alérgenos en sus cartas, menús o soportes digitales, utilizando sistemas que permitan su rápida identificación. Además, se recomienda a las personas consumidoras comunicar siempre sus necesidades específicas al personal del establecimiento, con el fin de prevenir posibles riesgos.

La Dirección General de Consumo recuerda que la vigilancia del cumplimiento de estas obligaciones forma parte de sus actuaciones habituales de inspección, con el objetivo de garantizar la seguridad alimentaria y la protección de la salud pública.

Más allá de los alimentos, existen otros productos y servicios que pueden contener sustancias susceptibles de provocar reacciones alérgicas, como los cosméticos o determinadas prácticas estéticas. En estos casos, es fundamental revisar la composición de los productos y advertir a los profesionales de posibles sensibilidades.

Por último, Consumo anima a la ciudadanía a extremar la precaución, informarse adecuadamente y ejercer sus derechos como personas consumidoras, contribuyendo así a un entorno más seguro e inclusivo para quienes conviven con alergias o intolerancias.

Consumo Responde

Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder a través del número de teléfono gratuito 900 21 50 80, y del correo consumoresponde@juntadeandalucia.es, ambos en horario de atención de 8 a 20 horas de lunes a viernes y de 8 a 15 horas los sábados (salvo festivos); así como a través de la página web https://www.consumoresponde.es,y de los perfiles de X (@consumoresponde), Facebook (www.facebook.com/consumoresponde) e Instagram (@consumoresponde).

También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Sanidad, Presidencia y Emergencias presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

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