Tras tres meses de la primera solicitud del Plan de Rehabilitación que se aprobó en 2010, no han obtenido respuesta alguna.
La Audiencia Nacional (AN) ha vuelto a pedir al Gobierno que le remita el Plan de Rehabilitación aprobado en 2010 para el área contaminada con plutonio en Palomares, en Cuevas del Almanzora, después de que hayan pasado más de tres meses desde su primera solicitud «sin respuesta alguna».
En una providencia de 8 de mayo, la Sección 7 de la Sala de lo Contencioso-administrativo acuerda reiterar el oficio que envió al Consejo de Ministros en el que pedía que se desclasificara el citado plan y otra documentación relativa a Palomares para poder decidir si ordena o no al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) fijar plazo para la ejecución de la limpieza de las más de 40 hectáreas bajo vigilancia radiológica tal y como pide Ecologistas en Acción.
El tribunal adopta la decisión «visto el estado procesal de las actuaciones» tras el auto dictado el 3 de febrero si bien recuerda que, dado el estado de alarma en vigor por la crisis sanitaria de la Covid-19, se aplazan todas las actuaciones judiciales, salvo las de carácter urgente. Da plazo de cinco días para presentar recurso de reposición.
La Audiencia Nacional instó en un auto al Consejo de Ministros a desclasificar el Plan de Rehabilitación aunque dejó abierta la posibilidad de que se remitiera a la sala «todas las indicaciones que sean procedentes» en relación al mantenimiento de la «confidencialidad» de su contenido.
La resolución pedía también al Gobierno que le precisase «el tiempo estimado» para finalizar el informe y que aportase «cuanta documentación» se haya elaborado sobre la situación en la zona desde el 5 de mayo de 2010, fecha en que se aprobó el Plan de Rehabilitación.
Ecologistas en Acción llevó a la vía judicial una resolución del CSN de enero de 2017 en el que rechazaba proceder a la «clausura de la instalación nuclear y el área contaminada de Palomares «con fijación de plazo para llevar a efecto, y a la espera de encontrarles almacenamiento definitivo, el almacenamiento temporal de la tierra resultante del tratamiento de los 50.000 metros cúbicos de tierra contaminada» previstos en el citado plan de rehabilitación.
La Audiencia Nacional considera que, en dicha resolución recurrida, el regulador atómico «reconoce que se ha valorado la posibilidad de diversas soluciones en relación a la liberación de partículas ionizantes en los alrededores del pueblo de Palomares en 1966» y considera, por tanto, que «es necesario conocer los planes que se hayan elaborado».
El auto contó con el voto particular del magistrado Helmuth Moya, quien ya no forma parte del tribunal y para quien la «obligación» de «descontaminar corresponde» a España que, «como país soberano», no puede «justificar su inacción» en la «falta de cooperación» de EEUU. En su lugar, se ha incorporado la magistrada Begoña Fernández Dozagarat.
NUEVO PLAZO DE LA COMISIÓN EUROPEA
En tanto la Audiencia Nacional resuelve, la Comisión Europea (CE) ha dado plazo a España hasta finales de 2021 para que informe de los «progresos» alcanzados respecto al plan de limpieza «definitivo» y ha solicitado que completen la «recomendación» que ya formuló en 2010 para dar cumplimiento al artículo 35 de Tratado Euratom para «eliminar» el suelo contaminado para su «deposito de forma segura» en un almacenamiento «a largo plazo».
El informe señala que hace una década la CE recomendó que se llevase a cabo en Palomares el Plan de Rehabilitación «español», aprobado de hecho en el año 2010, y la limpieza de la tierra «para evitar cualquier inaceptable riesgo radiológico» en especial en las zonas 2,3 y 6 «teniendo en cuenta la muy larga vida media» de los «contaminantes» allí presentes.
Recoge que, dentro de las áreas contaminadas y según el informe realizado entonces, en algunos lugares se registraba «una exposición para miembros del público de más de 1 mSv por año, superior en ciertas zonas 5 mSv por año».

