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El impuesto de patrimonio explicado por el Director General de Asesoría Antonio Pérez

El impuesto de patrimonio explicado por el Director General de Asesoría Antonio Pérez.
El Director General Corporativo de Asesoría Antonio Pérez, Víctor Pérez,  ha aclara cómo funcionan y a quién afecta el impuesto de patrimonio

¿Quién debe de pagar el impuesto de patrimonio?

Víctor Pérez da los detalles de las personas a las que les afecta directamente. »La campaña de patrimonio afecta a muchísimos menos contribuyentes. Lo primero a tener en cuenta, sobre todo en Andalucía porque es un impuesto cedido a las autonomías, hay un mínimo exento de 700 mil euros por contribuyente, esto significa que los contribuyentes cuyo patrimonio no exento no supere los 700 mil euros no tendrá que declarar por él. Tiene trascendencia por su normativa ya que se extiende al impuesto de sucesiones y donaciones. Primera norma que hay que tener en cuenta es que está presente la exención de 700 mil euros por contribuyente. Y en el caso de los matrimonios, solo influiría por persona, es decir, 700 mil euros por cabeza», explica el Director General.

¿Qué bienes se declaran?

»Los bienes que hay que declarar los bienes inmuebles de los que se es titular. Estos bienes inmuebles habrá que declararlos por el mayor de tres valores; el catastral, el de la administración a efectos de algún impuesto, y el de adquisición. La vivienda habitual tiene a su vez una exención de 300 mil euros. También quedan exentos los inmuebles a efectos a una actividad económica que sea la del sustento del contribuyente. Las participaciones en sociedades y negocios habrá que valorarlas según los resultados residuales, ya que quedarán exentas cuando ese negocio sea el de sustento principal del contribuyente y su familia. Se declara el dinero del banco y las acciones como activos financieros. Habrá que declararlos por su valor el día 31 de diciembre o por el valor medio del ultimo trimestre.» concluye Víctor Pérez.

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