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El Ayuntamiento de Vícar decide suspender el cobro de impuestos y tasas hasta que finalice el confinamiento

Esta medida está recogida en una resolución del alcalde dentro de las medidas tributarias y de recaudación. 

El alcalde de Vícar, Antonio Bonilla, ha dictado una resolución por la que debido a la evolución de los acontecimientos y el estado actual de riesgo inminente y extraordinario para la salud pública como consecuencia del COVID-19, se adoptan  por parte del Ayuntamiento una serie de medidas en materia tributaria y de recaudación que afecta los plazos  para el cobro de impuestos y tasas  municipales los cuales quedan suspendidos hasta la finalización del estado de alarma. En su resolución el alcalde indica que el caso de impuestos y tasas muncipales cuyas gestión de cobro en voluntaria corresponde al Ayuntamiento, se entiende ampliado el plazo que faltase para su ingreso en voluntaria conforme a la notificación de la carta de pago o liquidación correspondiente.

Respecto de todos los cargos en ejecutiva por cualquiera de los ingresos de derecho público (Agua, basura y alcantarillado 2020/21 e Impuesto de Tracción Mecánica 2020))  cuya gestión está encomendada a la Diputación Provincial de Almería en virtud del convenio suscrito con el Ayuntamiento, se estará a lo que disponga o haya la institución provincial, conforme a lo establecido en el artículo 33 del Real Decreto-Ley 8/2020, de aplicación a las entidades locales en virtud de lo dispuesto en el artículo 53 del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

En este sentido, el Presidente de la Diputación Provincial de Almería, Javier Aureliano García, dictaba un Decreto el pasado 30 de marzo, en el que se modificaba el calendario tributario del ejercicio 2020, en el sentido de retrasar hasta que finalice el estado de alarma, el comienzo del 2º período de cobro en voluntaria, anteriormente previsto para el 5 de abril y ampliación en un mes más del período voluntario de pago para citados tributos.:

Además en la resolución de Alcaldía se  señala que las cuotas vencidas derivadas de fraccionamientos, aplazamientos o planes de pago personalizados que resulten impagadas o devueltas, mientras dure el estado de alarma, no conllevarán la iniciación o continuación, en su caso, del procedimiento de apremio o la cancelación del plan de pagos, sino que su importe será incluido de forma prorrateada en las cuotas siguientes.

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