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La asociación Verdiblanca se enfrenta a la suspensión de un proceso electoral

Los juzgados de Almería dirimen el lunes la vuelta al punto de inicio  de asambleas presuntamente irregulares y elecciones sin voto secreto

El colectivo de trabajadores y socios de Verdiblanca que ha plantado cara a la actual  dirección de la organización por la violación de los estatutos para manipular las  convocatorias de asambleas generales y un nada claro proceso electoral, sientan el lunes 12 de julio en los juzgados, a la junta directiva en funciones desde 2020 de la  organización. A priori se enfrentan a la más que probable anulación de los acuerdos por  los que se convocaron las asambleas generales y extraordinarias de las que se valieron  los actuales gestores para articular un proceso electoral hecho a medida para revalidar  el mandato de los actuales gestores. La cita judicial es a las 11:15 horas del lunes 12 de  julio en el Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Almería. 

La crisis institucional a la que se enfrenta la organización tiene su origen en las  irregularidades que han impedido la aprobación de cuentas entre otras acciones  imprescindibles para mantener y renovar los convenios y subvenciones de las que se  mantiene la organización que da empleo a más de 600 trabajadores con capacidades  distintas. En la demanda que ha llevado a la vista en la que se decidirá sobre la  invalidación de los acuerdos, el colectivo de trabajadores denuncia que se intenta hacer  una huida hacia delante con procesos que “no sólo no se ajustan a lo establecido en los  Estatutos de la Comunidad, sino que, además, no permiten que se lleven a cabo con la  debida transparencia, cercena la independencia de la Junta Electoral, coarta la libertad  de voto de los asociados y les priva del debido anonimato en la emisión del voto; y que,  además, privan a los asociados del derecho de información y del derecho a poder  intervenir en las Asambleas y confrontar con la Junta Directiva”. 

Como muestra de lo sucedido, los argumentos respecto al modo en que debe llevarse a  cabo el proceso electoral son una de las pruebas de cargo, ya que para ello “se convoca  la Asamblea General Extraordinaria Electoral, y existe una norma específica, que es el  “Reglamento Electoral para la elección de la Junta Directiva”, el cual establece, en el  último párrafo del art. 13 que la “votación es única, personal e intransferible y no se  permitirá el voto por correo ni en representación”. Por el contrario la directiva en  funciones urdió un modelo “no presencial, por escrito y sin sesión”, con el que aseguran 

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