Los establecimientos y actividades que no tendrán por qué cumplir esta limitación horaria serán las que se sitúen en una zonas de niveles 1 y 2.
La Junta de Andalucía ha dado a conocer cuáles van a ser las excepciones que se encuentran dentro de las restricciones horarias para los establecimientos y actividades de toda Andalucía, salvo en la provincia de Granada, a las 18:00 para aquellas actividades comerciales que no se consideren esenciales.
Con el objetivo de aclarar dudas, la Junta de Andalucía ha detallado que aquellos comercios y actividades que no se ven obligados al cumplimiento de la limitación horaria son los siguientes:
- La actividad industrial.
- Comercio mayorista, incluido el transporte de mercancía.
- Los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
- Los servicios profesionales (despachos de abogados, procuradores, notaría, consultoría, auditoría, servicios de telefonía, consulta de psicología, estudios de arquitectura, etc.).
- Empleados públicos.
- Empleados de hogar.
- Los centros o clínicas veterinarias.
- Gasolineras.
- Alquiler de vehículos y las ITV.
- Los servicios de entrega a domicilio (incluidos la entrega de comida a domicilio).
- Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
- Los velatorios.
- Los centros y servicios para la ejecución de las medidas judiciales y servicios de mediación penal de menores, así como los puntos de encuentro familiar.
- Servicios de urgencias.
- Centros de investigación.
- Establecimientos de régimen horario especial:
- Áreas de servicio en carreteras.
- Establecimientos ubicados en aeropuertos y estaciones para usuarios.
- Establecimientos ubicados en hospitales, tanatorios y centros sanitarios.
- Establecimiento ubicados en lonjas, mercados y similares para servicio a trabajadores.
Además, desde el ejecutivo que preside Juanma Moreno se notificado que la restauración en el caso de los establecimientos de alojamiento turístico, también pueden permanecer abiertos, pero con la limitación de que debe ser únicamente para los clientes que se encuentren hospedados.
Esta limitación horaria no será de aplicación para los establecimientos de hostelería sin música que se encuentren acogidos a un régimen especial de horarios conforme a lo dispuesto en el artículo 27 del Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre.
La práctica deportiva está permitida
La práctica del deporte federado, rigiéndose por sus protocolos respectivos, en espacios deportivos cubiertos y al aire libre en categoría de edad desde los 16 años hasta la categoría absoluta. Los centros deportivos para la realización de actividad física que sean al aire libre para el deporte no federado, siempre que no se trate de deportes de contacto y para deportistas desde los 16 años.
La actividad educativa también está permitida
Los centros educativos y actividad universitaria (prácticas y actividad investigadora). Incluye todo tipo de docencia, como aula matinal, centros de formación profesional, centros de educación permanente para adultos, conservatorios, autoescuelas, academias de formación y catequesis. Incluye también el transporte escolar. Además, podrá realizarse exámenes presenciales siempre que no se convoquen a más de 50 personas por instalación, y no se concentre a más de 50 opositores por aula, y con la autorización expresa de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica.
Por otro lado, si por el contrario la provincia llegase a encontrarse en un nivel 3 debido a la situación epidemiológica, las restricciones serían más importantes, siendo explicadas en el siguiente cuadro:

Por último, si la provincia se encuentra en el nivel cuatro, el aforo se vería aún más reducido en los gimnasios, hostelería, cines, teatros y auditorios, tanto como el transporte privado. Además, también se verían afectados los velatorios, bodas y establecimientos comerciales. Pudiendo observar todas las medidas en el siguiente cuadro.


