El Ayuntamiento de Almería ha actualizado algunas de sus actuaciones extraordinarias como consecuencias del COVID-19 y, en concreto, en materia económica ha actualizado algunos de los aplazamientos de cargos, ampliaciones de periodos de pago y cargos.
En concreto, ha quedado suspendida durante tres meses el cargo de los fraccionamientos, de manera que los de abril pasan a julio y así sucesivamente. Lo mismo ocurre con los recibos de la Cuenta Fácil 10. En cuanto a la Empresa Municipal de la Vivienda, ‘Almería XXI’, ésta ha aplazado el pago de la cuota de alquiler del mes de abril a aquellos inquilinos que lo soliciten de forma acreditada y con tiempo, justificando situaciones derivadas de un ERTE, disminución de ingresos en el ámbito de la unidad familiar, etc. La propia Almería XXI contempla una reducción del 80% de la renta mensual del alquiler de vivienda habitual durante el tiempo que dure el estado de alarma y las mensualidades siguientes, si ese plazo fuese insuficiente en relación con la situación de vulnerabilidad provocada a causa del coronavirus, con un máximo de cuatro meses.
En cuanto a períodos de pago, se amplía en tres meses el plazo voluntario del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, Tasa de Vados y Reserva de Espacios, así como las Tasas trimestrales de Mercados, Mercadillos, y Tasa de ayuda a domicilio. Igualmente, se modifica para el 5 de septiembre, ampliándose en TRES meses, el calendario de pago en voluntaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, así como las Tasas trimestrales de Mercados, Mercadillo, y Tasa de ayuda a domicilio.
Finalmente, en cuanto a devoluciones, en el caso de las tasas por ocupación del dominio publico (mercadillos, y mesas y veladores), se llevará a cabo una devolución por el importe de los meses en los que la actividad no se ha
llevado a cabo como consecuencia de la aplicación del estado de alarma.

