¿Qué podemos y qué no podemos hacer mientras dure el estado de alarma? A continuación te mostramos cuales son las actividades que vas a poder seguir haciendo y cuáles no en los próximos quince días.
Tras la aprobación del decreto de ley en el que se registran las medidas tomadas en consecuencia a la declaración del estado de alarma en el que se detallan las restricciones que se van a ver implantadas durante los próximos quince días en todo el territorio nacional. En Es Radio Almería conocerás qué puedes y qué no puedes hacer durante la duración de la cuarentena.
¿Se puede salir a la calle?
Pese a que la recomendación es quedarse en casa, solo se puede salir de uno en uno, a no ser que sea para acompañar a alguien con discapacidad o problemas de movilidad, en las siguientes acciones:
- Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
- Asistencia a centros sanitarios.
- Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
- Retorno al lugar de residencia habitual.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazamiento a entidades financieras
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.
¿Podemos coger el coche?
Sí, se permitirá la circulación de vehículos particulares pero únicamente para realizar las actividades mencionadas anteriormente o para repostar en las gasolineras.
Salgo a correr normalmente, ¿puedo seguir haciéndolo?
No, esta actividad y hacer cualquier tipo de deporte en la vía pública está totalmente prohibido. Además, los gimnasios también permanecerán cerrados.
¿Qué servicios estarán disponibles durante el estado de alerta?
- Alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad
- Establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos
- Productos higiénicos
- Peluquerías
- Prensa y papelería
- Combustible para la automoción
- Estancos
- Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones
- Alimentos para animales de compañía
- Comercio por internet, telefónico o correspondencia
- Tintorerías y lavanderías.
En el caso de las peluquerías han explicado que se mantienen debido a que es un servicio de higiene que utilizan muchas personas mayores con problemas de movilidad y por eso continuarán abiertas. Por otro lado, en relación a las tintorerías, han explicado que se mantienen debido a que «es fundamental en el trabajo y mantenimiento de hospitales y otros centros de atención».
¿Puedo quedar con amigos en la calle?
Esta actividad queda también totalmente prohibida, ya que el decreto recomienda quedarse en casa y, en caso de tener que salir por algunas de las actividades anteriores, realizarlo de uno en uno.
¿Puedo quedar con gente en la calle?
No. El decreto recomienda salir a la calle de uno en uno, a no ser que sea para acompañar a alguien que lo necesite, por lo que no se puede quedar para socializar en la calle.
¿Podría ir a ver a un familiar o amigo a su casa?
Como se ha mencionado anteriormente, se recomienda quedar en la casa propia, y por lo tanto actividades de este tipo también quedan totalmente prohibidas para evitar un mayor contagio del virus. Por ello se recomienda hablar con familiares y amigos por redes sociales en lugar de visitarlos.
La única excepción sería la visita a familiares dependientes, que sí está permitida para asegurar la atención que necesiten.
Tengo mascota, ¿puedo sacarla a pasear?
En este caso sí estaría permitido salir para pasear a tu mascota, pero siempre manteniendo las medidas y distancias de seguridad. Esta medida sí podrás salir pero siempre de manera individual, aunque siempre teniendo en cuenta que no se puede utilizar como una forma de paseo.
Ha fallecido un familiar, ¿puedo asistir a un velatorio?
La asistencia a las ceremonias fúnebres se condicionan a la adopción de medidas organizativas consistentes en evitar aglomeraciones de personas, en función de las dimensiones y características de los lugares, de tal manera que se garantice a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de al menos un metro.
He comprado por internet, ¿va a afectar en algo mi compra?
No, ya que el decreto permite el envío a domicilio y no restringe el comercio online, telefónico ni los envíos postales.
Tengo una cita médica. ¿Puedo ir?
Si no es urgente, mejor posponerla. Aunque ir al médico es uno de los supuestos por los que están permitidos salir a la calle, se insta a dejar liberados los recursos médicos para aquellos que más lo necesiten.
¿Funciona el transporte público?
Sí. Los servicios de transporte con consideración de servicio público y que dependan de las comunidades autónomas, mantienen toda su oferta.
No obstante, se reserva la facultad tanto del ministro como de las autoridades autonómicas y locales competentes para que «establezcan un porcentaje de reducción de los servicios, un otras condiciones específicas de prestación, si la situación sanitaria así lo aconseja».
¿Me pueden multar si me salto estas normas?
Sí. El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en el estado de alarma será sancionado con arreglo a las Leyes, en los términos establecidos en el artículo 10 de la Ley Orgánica 4/1981, de 5 de junio.

