El socio director de Asesoría Antonio Pérez explica los pasos para fundar una sociedad
Víctor Pérez detalla cómo constituir una sociedad paso por paso; desde el punto de vista legal y administrativo, “lo primero es reunirse con los interesados para ver sus necesidades. Nos encontramos con gente que viene con ideas clarísimas y acertadas, y a veces no tanto. Lo primero es conocer las bases de ese futuro negocio, las inquietudes de nuestros clientes.”
El nombre, un primer paso fundamental: “Lo primero que hay que tramitar es pedir al registro mercantil el uso del nombre que queremos. Se piden hasta 5 nombres por orden de preferencia, y se dan en base a que estén ocupados o no, o haya otros similares”.
Pérez detalla: “Una vez que tenemos el nombre hay que ir plasmando en lo que será la futura escritura de constitución de la sociedad unas serie de cuestiones: dejar por escrito a qué se va a dedicar la sociedad, desde un punto de vista amplio, dejando margen a la actividad propia y a otras que pudieran derivar, determinar el domicilio social de esta entidad, y muy importante, fijar el capital social, que son los primeros recursos con los que va a contar la sociedad, en el caso de las limitadas 3000 euros, pero en otras ocasiones puede ser incluso aportar un inmueble o una serie de medios».
El director de Asesoría Antonio Pérez cuenta que ha habido cambios legislativos que permiten aportar algo material equivalente a 3000, o incluso no aportar nada y dejar por escrito el compromiso de que lo vas a abonar, y en su opinión, está opción presenta riesgo y no le resulta del todo adecuada»: “Yo siempre trato de hacer ver a los emprendedores que el dinero va a hacer falta, aunque se aporten otras cosas”.
Pérez recuerda un característica muy importante: “Las sociedades tienen plena capacidad jurídica y de obrar, pero necesitan un órgano de representación, la figura del administrador, que puede ser único o puede ser varios mancomunados”.
Para finalizar y poder constituir la sociedad, precisa Perez, “el siguiente paso es ir a una notaría donde plasmaremos la voluntad de los socios de constituir la sociedad, quedando reflejada por escrito la cantidad que se ha aportado como capital social y los estatutos de la misma. Una vez que se tiene la escritura firmada, desde la propia notaria pueden pedir a la agencia tributaria el fin provisional de la sociedad, que va a coincidir normalmente con el definitivo, después quedaría liquidar el impuesto de importaciones societarias, siendo cero, y llevarla al registro mercantil para que la sociedad termine de constituirse”.

