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La perspectiva de género contra los derechos de la infancia en el último auto del caso Juana Rivas

La Asociación Custodia Compartida, con el fin primordial de defensa de los derechos de la infancia y la adolescencia, condena la resolución del juicio mediático de Juana Rivas.

Al margen de las disputas y las denuncias entre Juana Rivas y Franceso Arcuri, el Juzgado de lo Penal número 1 manifiesta públicamente que hay indicios de abuso sexual a los hijos de la pareja. Especialmente, cuando la mujer sustrajo a los niños y desapareció, por lo que en el reciente auto dictado por el juez Manuel Piñar Díaz en el procedimiento del caso «Juana Rivas» se vulneran los derechos de la infancia.

Textualmente: «Este Juzgado ya emitía el parecer sobre el peligro que para los hijos representa la acusada en un informe contrario al indulto y ya no sabe cómo hacer que llegue al conocimiento de los restantes tribunales, y por supuesto del Gobierno, que estando los hijos bajo el cuidado y custodia de la madre, uno de ellos fue abusado sexualmente, según dictaminó la pediatra, un forense y manifestó el propio menor. Mientras tanto, al poco de constatarse estos hechos, la madre oculta a los niños, precisamente en el momento en que la presencia del menor era esencial para la investigación. Sobre este hecho se ha echado tierra encima y se ha soslayado su trascendencia, bajo la apariencia de ser la penada una víctima de un maltratador, cuando después de la única condena habida, se reconcilia, concibe otro hijo, sin que haya habido ningún otro episodio acreditado de maltrato».

En la Asociación Custodia Compartida con el fin primordial de defensa de los derechos de la infancia y la adolescencia, condenan los juicios mediáticos y ataques a la independencia judicial como derecho fundamental, coincidiendo con la celebración del día internacional por los Derechos Humanos el dí­a diez de diciembre (fecha del auto), pelamos al artículo 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948:

«Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal».

Resultando públicamente notoria la influencia en perspectiva de género supremacista de las personas con identidad sexual de mujer sobre las de hombre, de legislaciones discriminatorias (positiva y negativamente) y de políticas públicas con bases integrales de orden ultrafeministas, en todos los órdenes y en la Justicia del Estado español, con perjuicio a la Convención internacional de los Derechos del Niño de 1989 y a los derechos de la infancia y la adolescencia.

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