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Transformación Económica declara Roquetas de Mar y Marbella como Zona de Gran Afluencia Turística con la nueva normativa de simplificación

Transformación Económica declara Roquetas de Mar y Marbella como Zona de Gran Afluencia Turística con la nueva normativa de simplificación
El Consejo Andaluz de Comercio aprueba también las permutas de apertura de comercios en domingos y festivos para 2021 presentadas por cinco ayuntamientos.

La Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades ha declarado como Zona de Gran Afluencia Turística (ZGAT) los municipios de Roquetas de Mar (Almería) y Marbella (Málaga). Ambas localidades, junto a Estepona (Málaga) que recibió esta catalogación el pasado mes de noviembre, son las primeras que cuentan con esta declaración siguiendo las novedades normativas introducidas por el Decreto ley de mejora y simplificación de la regulación económica, que recoge, entre otros aspectos, el carácter indefinido de la figura. Dicha clasificación permite a los establecimientos comerciales minoristas radicados en estos municipios tener plena libertad para la designación de los días y los horarios de apertura en las áreas y durante los periodos reconocidos en esta figura.

Esta decisión se ha adoptado en el pleno del Consejo Andaluz de Comercio, órgano colegiado consultivo y de participación social conformado por todos los agentes del sector. En la reunión celebrada hoy también se ha dado luz verde a las permutas de días de apertura comercial en domingos y festivos para 2021 presentadas por cinco municipios andaluces, entre ellos Roquetas de Mar y Marbella.

Tanto Roquetas de Mar como Marbella ya disponían de una ZGAT con anterioridad, en el periodo comprendido entre 2017 y 2020, y tras la finalización de su vigencia han iniciado otro procedimiento nuevo para solicitarlo, ya conforme a las modificaciones introducidas por el Decreto-ley 2/2020 de mejora y simplificación de la regulación económica aprobada por la Consejería de Transformación este mismo año. La nueva normativa contempla, entre otros aspectos, precisamente el carácter indefinido de la declaración de este instrumento, siempre que se mantengan los requisitos,  eliminando así la tramitación de un nuevo procedimiento cada cuatro años. Asimismo, simplifica el procedimiento asociado a esta figura, de forma que las entidades locales ya no tienen que realizar trámites que estaban duplicados en el anterior marco legislativo.

Las ZGAT aprobadas para ambos municipios se aplicarán a todo el término municipal durante la Semana Santa, desde el Domingo de Ramos al Domingo de Resurrección ambos incluidos, y el periodo estival, desde junio a septiembre. Esta declaración tendrá efectos favorables para los comercios de Roquetas y Marbella, sobre todo en el actual contexto de pandemia, globalización de la economía digital y de los nuevos hábitos de consumo. Este instrumento permite incrementar y flexibilizar los horarios de apertura autorizados en domingos y festivos, así como adaptar la oferta de la actividad comercial minorista a la cambiante demanda de los consumidores.

Permutas de días de apertura

Otro de los puntos tratados en la reunión del Consejo Andaluz de Comercio ha sido la aprobación de las permutas presentadas por cinco ayuntamientos para cambiar  los días de apertura comercial en domingos y festivos de 2021. Estas modificaciones las han solicitado los municipios de Alhaurín el Grande, Barbate, Las Gabias, Pulianas y Villacarrillo. Previamente, se dio luz verde a otros diez consistorios para modificar estos días, concretamente Huércal de Almería, Menjíbar, Puente Genil, Granada, Aljaraque, Mairena del Aljarafe, Sevilla, Huelva, San Juan de Aznalfarache y Barbate. En total suman 15 localidades, ya que esta última localidad gaditana ha solicitado cambiar dos días. Con lo que con el cambio de normativa, los ayuntamientos han incrementado sus peticiones considerablemente, un 300%, pasando de tres a 15 consistorios.

El calendario de apertura comercial en domingos y festivos para el próximo ejercicio incluye las siguientes fechas: 3 de enero, 1 de marzo, 1 de abril, 2 de mayo, 4 de julio, 1 y 16 de agosto, 1 y 28 de noviembre, 5, 8, 12, 19 y 26 de diciembre. Los comercios con unas dimensiones inferiores a 300 metros cuadrados mantienen la autorización de apertura para cualquier domingo o festivo.

En la elección de los domingos y festivos en los que los establecimientos pueden abrir se tiene en cuenta, con carácter general, el atractivo comercial de estos días para las personas consumidoras. Así, se siguen los siguientes criterios: la apertura de al menos un día festivo cuando coincidan dos o más continuados o la apertura en los domingos y festivos correspondientes a los períodos tradicionales de rebajas o ventas promocionales. También se valora, de acuerdo con la normativa, abrir en los domingos y festivos de mayor afluencia turística en la comunidad o de la campaña de Navidad y de Reyes.

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