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Comienza el Curso de Verano sobre Contratación Pública

La primera ponente ha sido Teresa Moreo, interventora delegada de la Intervención General de la comunidad autónoma de las Islas Baleares. En su charla ha hablado de la importancia del control de legalidad previo y posterior de los Acuerdos Marco.

‘La contratación pública estratégica: dificultades, disfunciones y oportunidades’ es uno de los Cursos de Verano que cerrarán esta semana su XXI edición. La Universidad de Almería ha apostado un año más por hacer un curso dedicado a esta temática debido a la gran acogida que ha tenido en anteriores ediciones. Este año cuenta con 62 matriculados, que lo sitúan como uno de los más numerosos.

Dirigido por Israel Rodríguez y María Inmaculada Egaña, el curso sobre contratación ha comenzado con una ponencia de Teresa Moreo, interventora delegada de la Intervención General de la comunidad autónoma de las Islas Baleares. En ella ha hablado de los aspectos económicos de los sistemas de racionalización de las Administraciones Públicas con especial referencia a los Acuerdos Marco y los Sistemas Dinámicos de Adquisición.

“La administración pública utiliza algunas técnicas de contratación distintas a lo que es un contrato tradicional (con impacto en el presupuesto) como son los AM y los SDA que no tienen impacto en los créditos del presupuesto. Y es muy importante que el usuario aprenda a determinar cuándo realmente se encuentra ante un negocio que no tiene impacto y cuándo sí lo tiene”.

Este ha sido el principal objetivo de la charla de Teresa Moreo.  “También he explicado los conceptos económicos de cualquier contrato, las herramientas e instrumentos de racionalización y he acabado con una visión de la importancia del control de la legalidad de esas técnicas (AM y SDA) desde el punto de vista de la Intervención General, aun cuando no tienen un gasto directo”.

Para Moreo “cualquier negocio del que se puedan derivar obligaciones no puede ser ajeno a las normas que disciplinan el procedimiento presupuestario”. Y puesta por un control previo y posterior a través de la Intervención General. La función interventora puede paralizar el procedimiento cuando no se ajusta a la realidad y, por otro lado,  permite que antes de que el acto se dicte se pueda verificar que se ajusta debidamente a la legislación.

“Creo que es muy importante la función interventora en los Acuerdos Marco porque esa función adquiere mayor importancia en procesos complejos y un Acuerdo Marco es un pliego muy difícil de elaborar y  posiblemente su vigencia alcance más de 9 años”. Aunque, Moreo advierte de que a la función interventora “le puede quedar el traje pequeño si no se completa con controles posteriores, no solo de legalidad sino también de eficiencia. Hay que controlar antes, pero después hay que ver si esas técnicas han servido para lo que se habían instrumentalizado”.

Hoy en día hay administraciones que no fiscalizan acuerdos marco porque de ellos no se derivan gastos directamente, aunque la tendencia está cambiando.  “Yo soy defensora del control previo. Quizás hace 10 años hubo varias administraciones que lo abandonaron y lo sustituyeron por el control posterior, pero la realidad es que se ha vuelto en  muchas de ellas al control previo administrativo porque es muy importante”.

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